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Consentimiento informado digital en odontología: qué dice la NTS 139

Publicado el 11 de octubre de 2026

La pregunta de fondo: digital sí, pero ¿con qué firma?

Muchas clínicas quieren dejar de imprimir y pedir al paciente que firme el consentimiento informado en una tableta o en el celular. Antes de hacerlo, hay que responder una pregunta concreta: qué tipo de firma acepta la norma para ese documento.

La respuesta corta es que no es un tema trivial. El texto de la NTS N° 139-MINSA/2018/DGAIN, aprobada por la R.M. 214-2018/MINSA, contiene dos pasajes que conviene leer juntos y que no se resuelven solos. Los vemos más abajo. Lo que sí está claro es qué debe contener el consentimiento y en qué casos es obligatorio, y eso aplica igual en papel que en digital.

Esta guía no da asesoría legal. Ordena lo que dice la norma para que llegues a tu asesor con las preguntas correctas.

Qué es el consentimiento informado según la norma

La NTS 139 lo define como la conformidad expresa del paciente, o de su representante legal cuando el paciente está imposibilitado de darla, por ejemplo en menores de edad. Debe darse de forma libre, voluntaria y consciente, después de que el profesional que realizará el procedimiento le informó la naturaleza de la atención, incluidos los riesgos reales y potenciales, los efectos colaterales y adversos y los beneficios.

Además, la norma pide que esto quede registrado y firmado en un documento por el paciente o su representante y por el profesional responsable. Dos ideas importantes: el consentimiento no es la firma sola, es el proceso de informar; y el documento es la prueba de que ese proceso ocurrió.

Por eso un formato que el paciente firma sin leer, o sin que nadie le haya explicado nada, cumple mal el espíritu del texto aunque tenga todas las firmas.

Cuándo es obligatorio

El texto de la norma indica que en tratamientos especiales, nuevas modalidades de atención o procedimientos que puedan afectar psíquica o físicamente al paciente debe realizarse y registrarse el consentimiento informado, usando un formato establecido de acuerdo con la normatividad vigente.

Entre las situaciones en que se ejecuta de forma obligatoria menciona las intervenciones quirúrgicas y los procedimientos que puedan afectar la integridad de la persona, la exploración, tratamiento o exhibición de imágenes con fines docentes, la inclusión en un estudio de investigación, y cuando el paciente decide negarse a recibir o continuar un tratamiento.

La norma exceptúa las atenciones de emergencia destinadas a enfrentar una situación que pone en peligro inminente la vida o la salud del paciente. Qué procedimientos concretos de tu especialidad entran en estas categorías es algo que debes validar con tu asesor o con el Colegio Odontológico, porque la norma no es una lista de procedimientos dentales.

Qué debe contener el formato

El texto de la norma enumera el contenido del formato. Puedes usarlo como lista de revisión de tus propios consentimientos:

- Identificación del establecimiento y número de historia clínica.

- Fecha y hora, y nombres y apellidos del paciente.

- Nombre del procedimiento o modalidad de atención que se realizará, y su descripción en términos sencillos.

- Riesgos reales y potenciales del procedimiento.

- Efectos adversos de los fármacos que se prevea usar, como antibióticos, analgésicos, antiinflamatorios, anestesia o corticoides.

- Pronóstico y recomendaciones posteriores al procedimiento.

- Nombres, apellidos, firma, sello y número de colegiatura del profesional responsable.

- Conformidad firmada de forma libre y voluntaria por el paciente o su representante legal, con nombres, apellidos, firma y huella digital.

El formato también debe permitir registrar la negativa al procedimiento o el retiro del consentimiento. Un consentimiento genérico de una sola línea no cubre este contenido.

Los dos pasajes sobre firma digital que debes leer juntos

En el numeral sobre sistemas de información de historias clínicas, la norma dice que la firma electrónica del paciente no podrá usarse para brindar el consentimiento informado, y que este debe seguir el proceso señalado en la normatividad de la materia y en el numeral de formatos especiales.

En el numeral del formato de consentimiento, la norma indica que el paciente otorga el consentimiento con la firma manuscrita en el formato oficial y que, para los consentimientos contenidos en un sistema de información, esto se realiza mediante el uso de la firma digital en el formato establecido para tal fin, con más detalles en la normatividad específica.

La norma define por separado firma electrónica y firma digital: la digital es una firma electrónica que usa criptografía asimétrica con un par de claves. Es decir, una captura de la firma en una tableta no es necesariamente lo mismo que una firma digital en el sentido de la norma.

No te damos una conclusión porque no la hay en estas líneas. Si planeas recoger consentimientos en pantalla, pregunta a tu asesor legal qué mecanismo es aceptable en tu caso, y mientras no tengas respuesta, conserva el consentimiento firmado a mano o escanéalo como respaldo del proceso.

Menores de edad y pacientes que no pueden decidir

La norma establece que en menores de edad o pacientes con discapacidad mental el consentimiento se toma a la madre, el padre, el apoderado o el representante legal. En el formato digital esto significa que el campo de firma debe corresponder a esa persona, con sus nombres, apellidos y documento, no al menor.

Una práctica útil es registrar el vínculo con el paciente y el DNI del representante. La misma norma pide que, antes de la atención a un menor, se consignen el nombre y el DNI del padre, madre, tutor o apoderado.

Ejemplo ilustrativo de flujo en consulta

Una clínica ficticia plantea una extracción quirúrgica. El dentista explica el procedimiento con palabras sencillas, menciona riesgos como sangrado, inflamación o lesión de estructuras vecinas, indica la anestesia y los medicamentos previstos y sus efectos adversos, y da recomendaciones para después. El paciente hace preguntas y recién entonces se entrega el formato.

Para pacientes que prefieren leer con calma, la recepción envía antes un resumen del procedimiento. Pero el formato definitivo se firma en consulta, tras la explicación. La copia firmada se escanea y se guarda en la ficha del paciente, junto a su historia. Si además derivas al paciente a un especialista, el generador de hoja de interconsulta de Dently te ayuda a armar la derivación con el resumen clínico en el mismo orden.

Es un flujo inventado para ilustrar el orden: informar primero, firmar después, archivar siempre.

Cómo explicar para que el consentimiento sea de verdad informado

Un formato completo no sirve de mucho si la explicación fue apresurada. Una forma sencilla de ordenar la conversación es repasar cuatro preguntas: qué voy a hacer, para qué, qué puede salir mal y qué hay si no lo hacemos o si elegimos otra opción.

Usa palabras que el paciente use en su vida diaria. Decir que se retirará el nervio de la muela es más útil que hablar de pulpectomía, y mostrar la radiografía o el odontograma mientras explicas ayuda a que entienda lo que ve. Pide que te repita con sus palabras lo que entendió: si no puede, vuelve a explicar.

Deja constancia de ese diálogo en la evolución clínica con una frase breve, por ejemplo que se explicaron los riesgos, las alternativas y el pronóstico y que el paciente hizo preguntas. Esa nota respalda al formato y a ti.

Si el paciente decide no continuar, la norma pide registrarlo, y que el profesional anote que informó el derecho a negarse y las consecuencias. No lo tomes como un fracaso: es parte del proceso.

Qué puede hacer la tecnología y qué no

Un sistema de gestión con fichas de pacientes ayuda a tener los formatos listos, asociados a la historia, con fecha y con el profesional que atendió. También permite adjuntar el consentimiento escaneado y encontrarlo en segundos si el paciente o un tercero lo solicita.

Lo que no hace la tecnología es reemplazar la conversación con el paciente ni resolver por ti qué firma es válida. Antes de digitalizar, revisa con tu asesor el tipo de firma, la custodia y la conservación del documento, y compara tu formato actual con la lista de contenido de más arriba.

Aviso

Este artículo resume pasajes de la NTS 139-MINSA/2018/DGAIN con fines informativos y no es asesoría legal. La validez de un consentimiento firmado en formato digital depende de la normativa específica aplicable. Verifica con tu asesor legal o con el Colegio Odontológico antes de reemplazar el papel.

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Preguntas frecuentes

¿Puedo hacer firmar el consentimiento en una tableta?

La NTS 139 menciona que la firma electrónica del paciente no podrá usarse para el consentimiento informado y, en otro pasaje, que en sistemas de información se usa la firma digital en el formato establecido. Consulta a tu asesor legal qué mecanismo es válido y, mientras tanto, conserva respaldo firmado a mano.

¿Qué diferencia hay entre firma electrónica y firma digital?

Según las definiciones de la propia norma, la firma electrónica es cualquier símbolo electrónico usado con la intención de vincularse a un documento, y la firma digital es una firma electrónica que usa criptografía asimétrica con un par de claves, una privada y una pública.

¿Quién firma el consentimiento de un menor?

La norma indica que se toma a la madre, el padre, el apoderado o el representante legal. El formato debe incluir sus nombres, apellidos y firma, y conviene registrar su DNI.

¿Hace falta consentimiento en una urgencia?

La norma exceptúa las atenciones de emergencia destinadas a enfrentar una situación que pone en peligro inminente la vida o la salud del paciente. Registra lo que hiciste en la historia clínica.

¿Debo registrar si el paciente se niega al tratamiento?

Sí. La norma pide registrar la negativa al procedimiento o el retiro del consentimiento, y que el profesional deje constancia de que informó al paciente sobre su derecho a negarse y las consecuencias.

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